# Ley General De Pesca Y Acuacultura Sustentables - Artículo 119 bis 14

Clave: LGPAS
Artículo: 119-bis 14
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 119 bis 14
.- Para efectos de trazabilidad, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones jurídicas relativas a buenas prácticas pesqueras, acuícolas y de manufactura que expida la Secretaría, establecerán los requisitos que deberán contener las etiquetas de los recursos, partes y derivados de origen pesquero o acuícola, para consumo humano.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Pesca Y Acuacultura Sustentables, artículo 119-bis 14.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
