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law_title: "Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados"
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# Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados - Artículo 49

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DERECHOS DE LAS PERSONAS TITULARES Y SU EJERCICIO
- Capítulo II - Del Ejercicio de los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

```text
Artículo 49. Las únicas causas en las que el ejercicio de los derechos ARCO no serán procedente son:
I.	Cuando la persona titular o su representante no estén debidamente acreditadas para ello;
II.	Cuando los datos personales no se encuentren en posesión del responsable;
III.	Cuando exista un impedimento legal;
IV.	Cuando se lesionen los derechos de un tercero;
V.	Cuando se obstaculicen actuaciones judiciales o administrativas;
VI.	Cuando exista una resolución de autoridad competente que restrinja el acceso a los datos personales o no permita la rectificación, cancelación u oposición de los mismos;
VII.	Cuando la cancelación u oposición haya sido previamente realizada;
VIII.	Cuando el responsable no sea competente;
IX.	Cuando sean necesarios para proteger intereses jurídicamente tutelados de la persona titular;
X.	Cuando sean necesarios para dar cumplimiento a obligaciones legalmente adquiridas por la persona titular;
XI.	Cuando en función de sus atribuciones legales el uso cotidiano, resguardo y manejo sean necesarios y proporcionales para mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, o
XII.	Cuando los datos personales sean parte de la información que las entidades sujetas a la regulación y supervisión financiera del sujeto obligado hayan proporcionado a éste, en cumplimiento a requerimientos de dicha información sobre sus operaciones, organización y actividades.
En todos los casos anteriores, el responsable deberá informar a la persona titular el motivo de su determinación, en el plazo de hasta veinte días a los que se refiere el primer párrafo del artículo 45 de la presente Ley, y por el mismo medio en que se llevó a cabo la solicitud, acompañando en su caso, las pruebas que resulten pertinentes.
```

## Resumen corto

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Regla de LGPDPPSO sobre redes, interconexión e infraestructura: Las únicas causas en las que el ejercicio de los derechos ARCO no serán procedente son:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre redes, interconexión e infraestructura. Las únicas causas en las que el ejercicio de los derechos ARCO no serán procedente son:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 49 LGPDPPSO, redes, interconexión e infraestructura, artículo 49 ley general de proteccion de datos personales en posesion de sujetos obligados, redes, interconexión, infraestructura, Datos personales, Derechos ARCO, Días, Responsable, Persona Titular

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 49 de LGPDPPSO.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Requisito
- Plazo
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Datos personales | Cualquier información concerniente a una persona identificada o identificable. Se considera que una persona es identificable cuando su identidad pueda determinarse directa o indirectamente a través de cualquier información | 3 |
| Derechos ARCO | Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos personales | 3 |
| Días | Días hábiles | 3 |
| Responsable | Sujetos obligados a que se refiere la fracción XXVII del presente artículo que deciden sobre el tratamiento de datos personales | 3 |
| Persona Titular | Sujeto a quien corresponden los datos personales | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 45

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 49 de LGPDPPSO?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre redes, interconexión e infraestructura. Las únicas causas en las que el ejercicio de los derechos ARCO no serán procedente son:

### ¿Para qué sirve artículo 49?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgpdppso.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGPDPPSO.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPDPPSO.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
