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law_title: "Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados"
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# Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados - Artículo 86

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - DEL PROCEDIMIENTO DE IMPUGNACIÓN
- Capítulo I - Del Recurso de Revisión

```text
Artículo 86. La persona titular o su representante podrá interponer un recurso de revisión ante la Secretaría o las Autoridades garantes, según corresponda, o bien, ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO dentro de un plazo que no podrá exceder de quince días contados a partir de la notificación de la respuesta, a través de los siguientes medios:
I.	Por escrito libre en el domicilio de la Secretaría o de las Autoridades garantes, según corresponda, o en las oficinas habilitadas que al efecto establezcan;
II.	Por correo certificado con acuse de recibo;
III.	Por formatos que al efecto emita la Secretaría o las Autoridades garantes, según corresponda;
IV.	Por los medios electrónicos que para tal fin se autoricen, o
V.	Cualquier otro medio que al efecto establezca la Secretaría o las Autoridades garantes, según corresponda.
Se presumirá que la persona titular acepta que las notificaciones le sean efectuadas por el mismo conducto que presentó su escrito, salvo que acredite haber señalado uno distinto para recibir notificaciones.
```

## Resumen corto

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Regla de LGPDPPSO sobre competencia de autoridades: La persona titular o su representante podrá interponer un recurso de revisión ante la Secretaría o las Autoridades garantes, según corresponda, o bien, ante la Unidad de...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La persona titular o su representante podrá interponer un recurso de revisión ante la Secretaría o las Autoridades garantes, según corresponda, o bien, ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 86 LGPDPPSO, competencia de autoridades, artículo 86 ley general de proteccion de datos personales en posesion de sujetos obligados, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LGPDPPSO, Autoridades garantes, Derechos ARCO, Días, Secretaría, Persona Titular, Unidad de Transparencia

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 86 de LGPDPPSO.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Requisito
- Plazo

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Autoridades garantes | Órgano de control y disciplina del Poder Judicial; los órganos internos de control de los órganos constitucionales autónomos; las contralorías internas del Congreso de la Unión; el Instituto Nacional Electoral, por cuanto hace al acceso a la protección de datos personales a cargo de los partidos políticos; y los órganos encargados de la contraloría interna u homólogos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de los órganos constitucionales autónomos, de las Entidades Federativas | 3 |
| Derechos ARCO | Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos personales | 3 |
| Días | Días hábiles | 3 |
| Secretaría | Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno | 3 |
| Persona Titular | Sujeto a quien corresponden los datos personales | 3 |
| Unidad de Transparencia | Instancia a la que hace referencia el artículo 41 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 86 de LGPDPPSO?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La persona titular o su representante podrá interponer un recurso de revisión ante la Secretaría o las Autoridades garantes, según corresponda, o bien, ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO...

### ¿Para qué sirve artículo 86?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgpdppso.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGPDPPSO.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPDPPSO.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
