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law_title: "Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados"
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# Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados - Artículo 97

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - DEL PROCEDIMIENTO DE IMPUGNACIÓN
- Capítulo I - Del Recurso de Revisión

```text
Artículo 97. Los únicos requisitos exigibles en el escrito de interposición del recurso de revisión serán los siguientes:
I.	El área responsable ante quien se presentó la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO;
II.	El nombre de la persona titular que recurre o su representante y, en su caso, del tercero interesado, así como el domicilio o medio que señale para recibir notificaciones;
III.	La fecha en que fue notificada la respuesta a la persona titular, o bien, en caso de falta de respuesta la fecha de la presentación de la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO;
IV.	El acto que se recurre y los puntos petitorios, así como las razones o motivos de inconformidad;
V.	En su caso, copia de la respuesta que se impugna y de la notificación correspondiente, y
VI.	Los documentos que acrediten la identidad de la persona titular y, en su caso, la personalidad e identidad de su representante.
Al recurso de revisión se podrán acompañar las pruebas y demás elementos que considere la persona titular procedentes someter a juicio de la Secretaría o, en su caso, de las Autoridades garantes.
En ningún caso será necesario que la persona titular ratifique el recurso de revisión interpuesto.
```

## Resumen corto

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Regla de LGPDPPSO sobre competencia de autoridades: Los únicos requisitos exigibles en el escrito de interposición del recurso de revisión serán los siguientes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los únicos requisitos exigibles en el escrito de interposición del recurso de revisión serán los siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 97 LGPDPPSO, competencia de autoridades, artículo 97 ley general de proteccion de datos personales en posesion de sujetos obligados, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LGPDPPSO, Autoridades garantes, Derechos ARCO, Responsable, Secretaría, Persona Titular

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 97 de LGPDPPSO.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Requisito

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Autoridades garantes | Órgano de control y disciplina del Poder Judicial; los órganos internos de control de los órganos constitucionales autónomos; las contralorías internas del Congreso de la Unión; el Instituto Nacional Electoral, por cuanto hace al acceso a la protección de datos personales a cargo de los partidos políticos; y los órganos encargados de la contraloría interna u homólogos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de los órganos constitucionales autónomos, de las Entidades Federativas | 3 |
| Derechos ARCO | Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos personales | 3 |
| Responsable | Sujetos obligados a que se refiere la fracción XXVII del presente artículo que deciden sobre el tratamiento de datos personales | 3 |
| Secretaría | Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno | 3 |
| Persona Titular | Sujeto a quien corresponden los datos personales | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 97 de LGPDPPSO?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los únicos requisitos exigibles en el escrito de interposición del recurso de revisión serán los siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 97?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgpdppso.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGPDPPSO.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPDPPSO.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
