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law_title: "Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar Los Delitos En Materia De Extorsión, Reglamentaria De La Fracción Xxi Del Artículo 73 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos"
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# Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar Los Delitos En Materia De Extorsión, Reglamentaria De La Fracción Xxi Del Artículo 73 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 31

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - PREVISIONES PARA LA INVESTIGACIÓN, PERSECUCIÓN, SANCIÓN Y EJECUCIÓN PENAL
- Capítulo I - De la Investigación del Delito de Extorsión y su procesamiento
- Sección Quinta - Medidas Cautelares

```text
Artículo 31. Además de las medidas cautelares contempladas en el Código Nacional, la persona juzgadora podrá imponer a la persona imputada la prohibición de contactar o comunicarse con la víctima, ofendido, testigos, empleando cualquier medio de comunicación, sistemas, equipos informáticos o medios digitales.
Estas medidas cautelares tendrán una revisión oficiosa trimestral por parte de la persona juzgadora, en los términos previstos en los artículos 161 a 164 del Código Nacional.
```

## Resumen corto

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Regla de LGPISDME sobre regla aplicable: Además de las medidas cautelares contempladas en el Código Nacional, la persona juzgadora podrá imponer a la persona imputada la prohibición de contactar o comunicarse...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Además de las medidas cautelares contempladas en el Código Nacional, la persona juzgadora podrá imponer a la persona imputada la prohibición de contactar o comunicarse con la víctima, ofendido, testigos, empleando cualquier medio de comunicación, sistemas...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 31 LGPISDME, regla aplicable, artículo 31 ley general para prevenir, investigar y sancionar los delitos en materia de extorsion, reglamentaria de la fraccion xxi del articulo 73 de la constitucion politica de los estados unidos mexicanos, Código Nacional

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 31 de LGPISDME.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Código Nacional | al Código Nacional de Procedimientos Penales | 7 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 31 de LGPISDME?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Además de las medidas cautelares contempladas en el Código Nacional, la persona juzgadora podrá imponer a la persona imputada la prohibición de contactar o comunicarse con la víctima, ofendido, testigos, empleando cualquier medio de comunicación, sistemas...

### ¿Para qué sirve artículo 31?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgpisdme.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGPISDME.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPISDME.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
