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law_title: "Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes"
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# Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes - Artículo 60

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - DE LA PREVENCIÓN DE LOS DELITOS
- CAPÍTULO PRIMERO - DE LA PREVENCIÓN EN GENERAL

```text
Artículo 60.- Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en sus respectivos ámbitos de competencia, se coordinarán para:

I. Implementar programas y acciones para prevenir y fortalecer el combate de los delitos previstos en esta Ley;

II. Desarrollar programas de formación, actualización, capacitación y profesionalización permanente de los Servidores Públicos que formen parte de las Instituciones de Seguridad Pública, Instituciones de Procuración de Justicia, Instituciones Policiales y, de manera especial, de quienes integran las Fiscalías Especializadas, así como de otras autoridades involucradas en la investigación, documentación, dictaminación médica y psicológica de casos relacionados con los delitos previstos en esta Ley; así como en la custodia y tratamiento de toda persona sometida o en proceso de detención, medidas cautelares o prisión, mismas que deberán tomar en consideración las reglas contempladas en esta Ley, los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte y otros estándares internacionales de la materia;
Fracción reformada DOF 20-05-2021

III. Implementar el Protocolo Homologado en todas las instituciones de procuración de justicia para la investigación y persecución del delito de tortura;

IV. Establecer mecanismos para la revisión y actualización del Protocolo Homologado;

V. Establecer mecanismos para la sistematización e intercambio de información relativa a la investigación del delito de tortura entre las Instituciones de Seguridad Pública, Instituciones Policiales e Instituciones de Procuración de Justicia;

VI. Desarrollar protocolos de actuación, campañas de sensibilización y difusión, manuales, capacitaciones, protocolos y cualquier otro mecanismo o normatividad, para prevenir el empleo de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes hacia toda persona y, especialmente, hacia personas sujetas a cualquier régimen de privación de la libertad;

VII. Promover con las instancias educativas, sociales y de salud nacionales e internacionales, campañas de sensibilización, eventos de difusión y formación tendientes a la consolidación de la cultura de respeto a los derechos humanos en la materia;

VIII. Proveer a las Fiscalías Especializadas de todos los medios técnicos necesarios en materia de criminalística y ciencias forenses para desempeñar su función investigativa de manera profesional y científica, y
Fracción reformada DOF 20-05-2021

IX. Las demás que establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.
```

## Resumen corto

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Regla de LGPIST sobre regla aplicable: Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en sus respectivos ámbitos de competencia, se coordinarán para:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en sus respectivos ámbitos de competencia, se coordinarán para:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 60 LGPIST, regla aplicable, artículo 60 ley general para prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 60 de LGPIST.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Sanción
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 60 de LGPIST?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en sus respectivos ámbitos de competencia, se coordinarán para:

### ¿Para qué sirve artículo 60?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgpist.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGPIST.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPIST.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
