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law_title: "Ley General De Prestación De Servicios Para La Atención, Cuidado Y Desarrollo Integral Infantil"
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# Ley General De Prestación De Servicios Para La Atención, Cuidado Y Desarrollo Integral Infantil - Artículo 25

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo V - Del Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil

```text
Artículo 25. El Consejo se integrará con los Titulares de las siguientes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal:

I.	El Sistema Nacional DIF, quien lo presidirá;

II.	La Secretaría;

III.	La Secretaría de Gobernación;

IV.	La Secretaría de Desarrollo Social;

V.	La Secretaría de Educación Pública;

VI.	La Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

VII.	El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas;

VIII.	El Instituto Mexicano del Seguro Social;

IX.	El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

X.	La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y

XI.	Un representante del sector obrero y otro del sector empresarial, que lo serán los representantes en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Párrafo con fracciones reformado DOF 04-12-2014

Serán invitados permanentes a las sesiones del Consejo, el Instituto Nacional de las Mujeres y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, quienes tendrán derecho a voz.

Los nombramientos en el Consejo serán honoríficos e institucionales.
```

## Resumen corto

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Regla de LGPSACDII sobre competencia de autoridades: El Consejo se integrará con los Titulares de las siguientes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Consejo se integrará con los Titulares de las siguientes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 25 LGPSACDII, competencia de autoridades, artículo 25 ley general de prestacion de servicios para la atencion, cuidado y desarrollo integral infantil, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LGPSACDII, Secretaría, Consejo, Comisión u órgano colegiado, Secretaría de Gobernación, Secretaría de Educación Pública

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 25 de LGPSACDII.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado
- Secretaría de Gobernación
- Secretaría de Educación Pública

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Secretaría | Secretaría de Salud | 8 |
| Consejo | Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil | 8 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 25 de LGPSACDII?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Consejo se integrará con los Titulares de las siguientes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal:

### ¿Para qué sirve artículo 25?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgpsacdii.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGPSACDII.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPSACDII.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
