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law_title: "Ley General De Prestación De Servicios Para La Atención, Cuidado Y Desarrollo Integral Infantil"
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# Ley General De Prestación De Servicios Para La Atención, Cuidado Y Desarrollo Integral Infantil - Artículo 58

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo X - De la Capacitación y Certificación

```text
Artículo 58. La Federación, los Estados, los Municipios, la Ciudad de México y las alcaldías implementarán acciones dirigidas a certificar y capacitar permanentemente al personal que labora en los Centros de Atención.
Artículo reformado DOF 23-06-2017
```

## Resumen corto

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Regla de LGPSACDII sobre regla aplicable: La Federación, los Estados, los Municipios, la Ciudad de México y las alcaldías implementarán acciones dirigidas a certificar y capacitar permanentemente al personal que...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Federación, los Estados, los Municipios, la Ciudad de México y las alcaldías implementarán acciones dirigidas a certificar y capacitar permanentemente al personal que labora en los Centros de Atención.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 58 LGPSACDII, regla aplicable, artículo 58 ley general de prestacion de servicios para la atencion, cuidado y desarrollo integral infantil, Centros de Atención

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 58 de LGPSACDII.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Centros de Atención | Espacios, cualquiera que sea su denominación de modalidad pública, privada o mixta, donde se prestan servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en un marco de ejercicio pleno de los derechos de niñas y niños desde los cuarenta y tres días de nacido | 8 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 58 de LGPSACDII?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Federación, los Estados, los Municipios, la Ciudad de México y las alcaldías implementarán acciones dirigidas a certificar y capacitar permanentemente al personal que labora en los Centros de Atención.

### ¿Para qué sirve artículo 58?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgpsacdii.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGPSACDII.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPSACDII.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
