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law_title: "Ley General Para Prevenir Y Sancionar Los Delitos En Materia De Secuestro, Reglamentaria De La Fracción Xxi Del Artículo 73 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos"
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# Ley General Para Prevenir Y Sancionar Los Delitos En Materia De Secuestro, Reglamentaria De La Fracción Xxi Del Artículo 73 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 41

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo XII - Organización de la Federación y de las Entidades Federativas

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Artículo 41. Las procuradurías o fiscalías deberán crear y operar unidades o fiscalías especializadas para la investigación de las conductas previstas en esta Ley, que contarán con Ministerios Públicos y policías especializados, recursos humanos, financieros y materiales que requieran para su efectiva operación. Estas unidades se integrarán con servicios periciales y técnicos especializados para el ejercicio de su función.

La Fiscalía General de la República y las procuradurías de las entidades federativas capacitarán a su personal en materia de planeación de investigación.
Artículo reformado DOF 20-05-2021
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## Resumen corto

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Regla de LGPSDMS_200521 sobre regla aplicable: Las procuradurías o fiscalías deberán crear y operar unidades o fiscalías especializadas para la investigación de las conductas previstas en esta Ley, que contarán con...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las procuradurías o fiscalías deberán crear y operar unidades o fiscalías especializadas para la investigación de las conductas previstas en esta Ley, que contarán con Ministerios Públicos y policías especializados, recursos humanos, financieros y materiales...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 41 LGPSDMS_200521, regla aplicable, artículo 41 ley general para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro, reglamentaria de la fraccion xxi del articulo 73 de la constitucion politica de los estados unidos mexicanos

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 41 de LGPSDMS_200521.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 41 de LGPSDMS_200521?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las procuradurías o fiscalías deberán crear y operar unidades o fiscalías especializadas para la investigación de las conductas previstas en esta Ley, que contarán con Ministerios Públicos y policías especializados, recursos humanos, financieros y materiales...

### ¿Para qué sirve artículo 41?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgpsdms.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGPSDMS_200521.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPSDMS_200521.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
