# Ley General De Salud - Artículo 122

Clave: LGS
Artículo: 122
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 122
.- Queda prohibida la descarga de aguas residuales sin el tratamiento para satisfacer los criterios sanitarios emitidos de acuerdo con la fracción III del artículo
118
, así como de residuos peligrosos que conlleven riesgos para la salud pública, a cuerpos de agua que se destinan para uso o consumo humano.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 122.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
