# Ley General De Salud - Artículo 157 bis 6

Clave: LGS
Artículo: 157-bis 6
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 157 bis 6
.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, deberán participar con recursos humanos, materiales y financieros suficientes para la atención de los operativos y campañas de vacunación, tanto ordinarias como extraordinarias, cuando alguna de las autoridades sanitarias del país así lo requiera.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 157-bis 6.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
