# Ley General De Salud - Artículo 16

Clave: LGS
Artículo: 16
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 16
.- La organización y funcionamiento del Consejo de Salubridad General se regirá por su reglamento interior, que formulará el propio Consejo y someterá a la aprobación del Presidente de la República para su expedición.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 16.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
