# Ley General De Salud - Artículo 200

Clave: LGS
Artículo: 200
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 200
.- La
determinará, con base en los riesgos que representen para la salud, los establecimientos a que se refiere el artículo
198
de la Ley, que requieren para su funcionamiento:
Párrafo reformado DOF
Contar, en su caso, con un responsable que reúna los requisitos que se establecen en
esta ley
y en los reglamentos respectivos;
(Se deroga).
Fracción derogada DOF
Utilizar la última edición de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos y sus suplementos, mismos que serán elaborados y actualizados por la Secretaría de Salud.
Artículo reformado DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 200.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
