# Ley General De Salud - Artículo 32

Clave: LGS
Artículo: 32
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 32
. Se entiende por atención médica el conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de proteger, promover y restaurar su salud.
Para efectos del párrafo anterior, los prestadores de servicios de salud podrán apoyarse de las herramientas metodológicas generadas con medicina basada en evidencia, como son las Guías de Práctica Clínica, Protocolos y los medios electrónicos de acuerdo con las normas oficiales mexicanas que al efecto emita la Secretaría de Salud.
Párrafo reformado DOF
Artículo reformado DOF
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## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 32.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
