# Ley General De Salud - Artículo 328

Clave: LGS
Artículo: 328
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 328
. Sólo en caso de que la pérdida de la vida del donante esté relacionada con la averiguación de un delito, o se desconozca su identidad o forma de localizar a sus parientes, se dará intervención al Ministerio Público y a la autoridad judicial, para la extracción de órganos y tejidos.
Artículo reformado DOF
,
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 328.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
