# Ley General De Salud - Artículo 379

Clave: LGS
Artículo: 379
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 379
.- Los derechos a que se refiere
esta Ley
se regirán por lo que disponga la legislación fiscal y los convenios de coordinación que celebren en la materia el Ejecutivo Federal y los gobiernos de las entidades federativas.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 379.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
