# Ley General De Salud - Artículo 38

Clave: LGS
Artículo: 38
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 38
.- Son servicios de salud privados los que presten personas físicas o morales en las condiciones que convengan con los usuarios, y sujetas a los ordenamientos legales, civiles y mercantiles. En materia de tarifas, se aplicará lo dispuesto en el artículo
43
de
esta Ley
.
Estos servicios pueden ser contratados directamente por los usuarios o a través de sistemas de seguros, individuales o colectivos.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 38.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
