# Ley General De Salud - Artículo 60

Clave: LGS
Artículo: 60
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 60
.- Se concede acción popular para denunciar ante las autoridades sanitarias todo hecho, acto u omisión que represente un riesgo o provoque un daño a la salud de la población.
La acción popular podrá ejercitarse por cualquier persona, bastando para darle curso el señalamiento de los datos que permitan localizar la causa del riesgo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 60.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
