# Ley General De Salud - Artículo 76

Clave: LGS
Artículo: 76
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 76
.- La
establecerá las normas oficiales mexicanas para los establecimientos que prestan atención a la población usuaria de los servicios de salud mental y con consumo de sustancias psicoactivas, y de adicciones, de la red del Sistema Nacional de Salud de conformidad con los principios establecidos en
esta ley
.
Párrafo reformado DOF
,
,
A estos efectos, se establecerá la coordinación necesaria entre las autoridades sanitarias, judiciales, administrativas y otras, según corresponda.
Artículo reformado DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 76.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
