# Ley General De Salud - Artículo 77 bis 11

Clave: LGS
Artículo: 77-bis 11
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 77 bis 11
.- La prestación gratuita de servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados para la atención integral de las personas que no cuenten con afiliación a las instituciones de seguridad social, será financiada de manera solidaria por la federación y por las entidades federativas en términos de la
presente Ley
y sus disposiciones reglamentarias y demás disposiciones aplicables.
Artículo adicionado DOF
. Reformado DOF
,
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 77-bis 11.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
