# Ley General De Salud - Artículo 77 bis 3

Clave: LGS
Artículo: 77-bis 3
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 77 bis 3
.- El Sistema de Salud para el Bienestar se compone por la Secretaría de Salud, Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), así como las instituciones y organismos que participan en el mismo y, en su caso, de manera concurrente por las entidades federativas en términos de este Título.
El Sistema de Salud para el Bienestar tendrá un enfoque solidario y social, en favor de las personas que no cuenten con afiliación a las instituciones de seguridad social, mediante el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar que vincula los servicios de salud y la acción comunitaria, en un marco de respeto a los derechos humanos, con perspectiva de género y con enfoque intercultural en salud.
Artículo adicionado DOF
. Derogado DOF
. A dicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 77-bis 3.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
