# Ley General De Salud - Artículo 77 bis 37

Clave: LGS
Artículo: 77-bis 37
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 77 bis 37
.- Los beneficiarios tendrán los siguientes derechos:
Párrafo reformado DOF
Recibir en igualdad y sin discriminación los servicios de salud a que se refiere el presente Título. El nivel de ingreso o la carencia de éste, no podrán ser limitantes para el acceso a la prestación de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados;
Fracción reformada DOF
Recibir servicios integrales de salud;
Fracción reformada DOF
Trato digno, respetuoso y atención de calidad;
Recibir gratuitamente los medicamentos y demás insumos asociados, que sean necesarios y que correspondan a los servicios de salud;
Fracción reformada DOF
Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de la atención de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen;
Se deroga.
Fracción derogada DOF
Contar con su expediente clínico;
Decidir libremente sobre su atención;
Otorgar o no su consentimiento válidamente informado y a rechazar tratamientos o procedimientos;
Ser tratado con confidencialidad;
Contar con facilidades para obtener una segunda opinión;
Recibir atención médica en urgencias;
Recibir información sobre los procedimientos que rigen el funcionamiento de los establecimientos para el acceso y obtención de servicios de atención médica;
No cubrir ningún tipo de cuotas de recuperación o cualquier otro costo por los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que reciban conforme al presente Título, y
Fracción reformada DOF
Presentar quejas ante los servicios estatales de salud y, en su caso, ante Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), por la falta o inadecuada prestación de servicios establecidos en este Título, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.
Fracción reformada DOF
,
Se deroga.
Fracción derogada DOF
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 77-bis 37.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
