# Ley General De Salud - Artículo 88

Clave: LGS
Artículo: 88
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 88
.- La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, con la participación de las instituciones de educación superior, elaborarán programas de carácter social para los profesionales de la salud, en beneficio de la colectividad, de conformidad con las disposiciones legales aplicables al ejercicio profesional.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Salud, artículo 88.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
