# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 104

Clave: LGSM
Artículo: 104
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 104
.- Los fundadores no pueden estipular a su favor ningún beneficio que menoscabe el capital social, ni en el acto de la constitución ni para lo porvenir. Todo pacto en contrario es nulo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 104.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
