# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 112

Clave: LGSM
Artículo: 112
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 112
.- Las acciones serán de igual valor y conferirán iguales derechos.
Sin embargo, en el contrato social podrá estipularse que el capital se divida en varias clases de acciones con derechos especiales para cada clase, observándose siempre lo que dispone el artículo
17
.
Fe de erratas al párrafo DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 112.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
