# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 118

Clave: LGSM
Artículo: 118
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 118
.- Cuando constare en las acciones el plazo en que deban pagarse las exhibiciones y el monto de éstas, transcurrido dicho plazo, la sociedad procederá a exigir judicialmente, en la vía sumaria, el pago de la exhibición, o bien a la venta de las acciones.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 118.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
