# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 196

Clave: LGSM
Artículo: 196
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 196
.- El accionista que en una operación determinada tenga por cuenta propia o ajena un interés contrario al de la sociedad, deberá abstenerse a toda deliberación relativa a dicha operación.
El accionista que contravenga esta disposición, será responsable de los daños y perjuicios, cuando sin su voto no se hubiere logrado la mayoría necesaria para la validez de la determinación.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 196.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
