# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 197

Clave: LGSM
Artículo: 197
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 197
.- Los administradores y los comisarios no podrán votar en las deliberaciones relativas a la aprobación de los informes a que se refieren los artículos
166
en su fracción IV y
172
en su enunciado general o a su responsabilidad.
En caso de contravención esta disposición, la resolución será nula cuando sin el voto del Administrador o Comisario no se habría logrado la mayoría requerida.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 197.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
