# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 198

Clave: LGSM
Artículo: 198
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 198
. Sin perjuicio de lo que dispongan las leyes especiales, los accionistas de las sociedades anónimas podrán convenir entre ellos:
Derechos y obligaciones que establezcan opciones de compra o venta de las acciones representativas del capital social de la sociedad, tales como:
Que uno o varios accionistas solamente puedan enajenar la totalidad o parte de su tenencia accionaria, cuando el adquirente se obligue también a adquirir una proporción o la totalidad de las acciones de otro u otros accionistas, en iguales condiciones;
Que uno o varios accionistas puedan exigir a otro socio la enajenación de la totalidad o parte de su tenencia accionaria, cuando aquéllos acepten una oferta de adquisición, en iguales condiciones;
Que uno o varios accionistas tengan derecho a enajenar o adquirir de otro accionista, quien deberá estar obligado a enajenar o adquirir, según corresponda, la totalidad o parte de la tenencia accionaria objeto de la operación, a un precio determinado o determinable;
Que uno o varios accionistas queden obligados a suscribir y pagar cierto número de acciones representativas del capital social de la sociedad, a un precio determinado o determinable, y
Otros derechos y obligaciones de naturaleza análoga;
Enajenaciones y demás actos jurídicos relativos al dominio, disposición o ejercicio del derecho de preferencia a que se refiere el artículo
132
de
esta Ley
, con independencia de que tales actos jurídicos se lleven a cabo con otros accionistas o con personas distintas de éstos;
Acuerdos para el ejercicio del derecho de voto en asambleas de accionistas;
Acuerdos para la enajenación de sus acciones en oferta pública; y
Otros de naturaleza análoga.
V
os convenios a que se refiere este artículo no serán oponibles a la sociedad, excepto tratándose de resolución judicial.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 198.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
