# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 202

Clave: LGSM
Artículo: 202
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 202
.- La ejecución de las resoluciones impugnadas podrá suspenderse por el Juez, siempre que los, actores dieren fianza bastante para responder de los daños y perjuicios que pudieren causarse a la sociedad, por la inejecución de dichas resoluciones, en caso de que la sentencia declare infundada la oposición.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 202.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
