# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 229

Clave: LGSM
Artículo: 229
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 229
.- Las sociedades se disuelven:
I
- Por expiración del término fijado en el contrato social;
II
- Por imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de la sociedad o por quedar éste consumado;
III
- Por acuerdo de los socios tomado de conformidad con el contrato social y con la Ley;
IV
- Porque el número de accionistas llegue a ser inferior al mínimo que
esta Ley
establece, o porque las partes de interés se reúnan en una sola persona;
V
- Por la pérdida de las dos terceras partes del capital social.
VI
- Por resolución judicial o administrativa dictada por los tribunales competentes, conforme a las causales previstas en las leyes aplicables.
Fracción adicionada DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 229.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
