# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 235

Clave: LGSM
Artículo: 235
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 235
.- La liquidación estará a cargo de uno o más liquidadores, quienes serán representantes legales de la sociedad y responderán por los actos que ejecuten excediéndose de los límites de su encargo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 235.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
