# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 237

Clave: LGSM
Artículo: 237
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 237
.- Mientras no haya sido inscrito en el Registro Público de Comercio el nombramiento de los liquidadores y éstos no hayan entrado en funciones, los administradores continuarán en el desempeño de su encargo.
Lo anterior no será aplicable cuando el nombramiento del liquidador se realice conforme al procedimiento del artículo
249 bis 1
de
esta Ley
.
Párrafo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 237.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
