# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 265

Clave: LGSM
Artículo: 265
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 265
.- Todas las acciones señaladas en la fracción IX del artículo
264
deberán pagarse dentro del término de un año contado desde la fecha en que la sociedad quede inscrita en el Registro Público de Comercio.
Cuando se haya suscrito y pagado la totalidad del capital social, la sociedad deberá publicar un aviso en el sistema electrónico establecido por la
en términos de lo dispuesto en el artículo
50 bis
del
Código de Comercio
.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 265.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
