# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 6o

Clave: LGSM
Artículo: 6o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 6o
. La escritura o póliza constitutiva de una sociedad deberá contener:
Párrafo reformado DOF
I
- Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad;
II
- El objeto de la sociedad;
III
- Su razón social o denominación;
III
.- Su duración, misma que podrá ser indefinida;
Fracción reformada DOF
V
- El importe del capital social;
VI
- La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes; el valor atribuido a éstos y el criterio seguido para su valorización.
Cuando el capital sea variable, así se expresará indicándose el mínimo que se fije;
VII
- El domicilio de la sociedad;
VIII
- La manera conforme a la cual haya de administrarse la sociedad y las facultades de los administradores;
IX
- El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social;
X
- La manera de hacer la distribución de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la sociedad;
XI
- El importe del fondo de reserva;
XII
- Los casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente;
Fracción reformada DOF
XIII
- Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no hayan sido designados anticipadamente, y
Fracción reformada DOF
XIV
- Las reglas para la celebración de las Asambleas de Socios y de los órganos de administración, siendo que los estatutos podrán contemplar que unas y otras podrán celebrarse de forma presencial o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, que permitan la participación de la totalidad o una parte de los asistentes por dichos medios en la asamblea o junta de que se trate, siempre y cuando la participación sea simultánea y se permita la interacción en las deliberaciones de una forma funcionalmente equivalente a la reunión presencial. En todo caso, sean presenciales o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, en todas las Asambleas de Socios y de los órganos de administración se deberá contar con mecanismos o medidas que permitan el acceso, la acreditación de la identidad de los asistentes, así como, en su caso, del sentido de su voto, y se genere la evidencia correspondiente.
Fracción adicionada DOF
Todos los requisitos a que se refiere este artículo y las demás reglas que se establezcan en la escritura sobre organización y funcionamiento de la sociedad constituirán los estatutos de la misma.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 6o.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
