# Ley General De Sociedades Mercantiles - Artículo 93

Clave: LGSM
Artículo: 93
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 93
.- Cada suscripción se recogerá por duplicado en ejemplares del programa, y contendrá:
I
- El nombre, nacionalidad y domicilio del suscriptor;
II
- El número, expresado con letras, de las acciones suscritas; su naturaleza y valor;
III
- La forma y términos en que el suscriptor se obligue a pagar la primera exhibición;
IV
- Cuando las acciones hayan de pagarse con bienes distintos del numerario, la determinación de éstos;
V
- La forma de hacer la convocatoria para la Asamblea General Constitutiva y las reglas conforme a las cuales deba celebrarse;
VI
- La fecha de la suscripción, y
VII
- La declaración de que el suscriptor conoce y acepta el proyecto de los estatutos.
VII
os fundadores conservarán en su poder un ejemplar de la suscripción y entregarán el duplicado al suscriptor.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Sociedades Mercantiles, artículo 93.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
