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Última reforma publicada DOF 14-11-2025
Artículo cuarto.- Se expide la siguiente:
LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACION EN MATERIA ELECTORAL
Abrogación de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023
Artículo reformado DOF 01-07-2008, 23-05-2014
Inciso reformado DOF 23-05-2014
Inciso reformado DOF 01-07-2008, 23-05-2014
Inciso adicionado DOF 23-05-2014
Numeral reformado DOF 14-11-2025
Artículo reformado DOF 01-07-2008
Artículo reformado DOF 19-01-2018
Párrafo adicionado DOF 01-07-2008
Párrafo reformado DOF 01-07-2008
Inciso reformado DOF 01-07-2008
Inciso adicionado DOF 01-07-2008. Reformado DOF 19-04-2022
Inciso adicionado DOF 19-04-2022
Inciso declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 23-08-2022 y publicada DOF 07-07-2023
Artículo adicionado DOF 01-07-2008
Denominación del Capítulo reformada DOF 01-07-2008
Inciso reformado DOF 01-07-2008, 20-12-2022
Párrafo reformado DOF 23-05-2014
Artículo adicionado DOF 20-05-2014
Párrafo derogado DOF 01-07-2008
Fracción reformada DOF 01-07-2008
Fracción adicionada DOF 01-07-2008
Inciso adicionado DOF 01-07-2008
Numeral adicionado DOF 15-10-2024
Párrafo reformado DOF 15-10-2024
Inciso adicionado DOF 15-10-2024
Inciso reformado DOF 15-10-2024
Numeral adicionado DOF 01-07-2008. Reformado DOF 15-10-2024
Inciso reformado DOF 19-01-2018
Numeral reformado DOF 15-10-2024
Artículo adicionado DOF 15-10-2024
Capítulo adicionado DOF 23-05-2014
Artículo adicionado DOF 23-05-2014
Artículo reformado DOF 01-07-2008, 15-10-2024
Párrafo reformado DOF 13-04-2020
Inciso reformado DOF 01-07-2008, 13-04-2020
Inciso adicionado DOF 01-07-2008. Reformado DOF 13-04-2020
Inciso adicionado DOF 13-04-2020
Fracción reformada DOF 19-01-2018
Inciso reformado DOF 01-07-2008, 19-01-2018
Inciso reformado DOF 14-11-2025
Libro adicionado DOF 23-05-2014
Título adicionado DOF 23-05-2014
Libro adicionado DOF 15-10-2024
Título adicionado DOF 15-10-2024
Capítulo adicionado DOF 15-10-2024
primero..- Esta ley entrará en vigor el día de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación.
segundo..- En tanto no se expidan o reformen las normas que rijan las elecciones de Jefe de Gobierno y de diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se aplicará en lo conducente lo dispuesto en la presente ley para resolver las controversias que surjan durante las mismas.
Para los efectos del párrafo anterior, se estará a lo siguiente:
tercero..- Los juicios de inconformidad y los recursos de reconsideración relativos a la elección de diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, deberán quedar resueltos, respectivamente, a más tardar los días 13 de agosto y 14 de septiembre del año del proceso electoral.
Los juicios de inconformidad relativos a la elección del Jefe de Gobierno del Distrito Federal deberán quedar resueltos a más tardar el día último de octubre del año de la elección.
cuarto..- Si a la entrada en vigor de la presente ley se encuentra en trámite cualquier medio de impugnación ante el Tribunal Electoral, será resuelto conforme a las normas vigentes al momento de su interposición.
Artículo quinto.- ..........