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law_title: "Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública"
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# Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública - Artículo 108

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - CENTROS DE COMANDO Y CONTROL
- Capítulo Único

```text
Artículo 108. Los Centros de Comando y Control son instalaciones de seguridad pública y atención de emergencias que integran tecnologías de videovigilancia, identificación vehicular, análisis de datos y coordinación operativa destinadas a la coordinación y supervisión operativa en tiempo real de las actividades de prevención, vigilancia y atención de emergencias. Su función principal es centralizar el monitoreo de cámaras de videovigilancia, sistemas de comunicación y alertas ciudadanas, entre otras, permitiendo la toma de decisiones inmediata para responder a situaciones de riesgo o incidencia delictiva, así como mejorar la capacidad de reacción ante emergencias y apoyar la investigación criminal, a través de la centralización de información y la colaboración interinstitucional entre Instituciones de Seguridad Pública, de protección civil, servicios médicos y dependencias de los tres órdenes de gobierno.
```

## Resumen corto

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Regla de LGSNSP sobre regla aplicable: Los Centros de Comando y Control son instalaciones de seguridad pública y atención de emergencias que integran tecnologías de videovigilancia, identificación vehicular...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Los Centros de Comando y Control son instalaciones de seguridad pública y atención de emergencias que integran tecnologías de videovigilancia, identificación vehicular, análisis de datos y coordinación operativa destinadas a la coordinación y supervisión...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 108 LGSNSP, regla aplicable, artículo 108 ley general del sistema nacional de seguridad publica, Centros de Comando y Control, Instituciones de Seguridad Pública

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 108 de LGSNSP.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Centros de Comando y Control | A las instalaciones de seguridad pública a que se refiere el Título Séptimo de esta Ley | 4 |
| Instituciones de Seguridad Pública | A las Instituciones Policiales, las Instituciones de Procuración de Justicia, las instituciones penitenciarias y demás órganos, dependencias y entidades encargadas o que realizan tareas de seguridad pública en los tres órdenes de gobierno | 4 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 108 de LGSNSP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Los Centros de Comando y Control son instalaciones de seguridad pública y atención de emergencias que integran tecnologías de videovigilancia, identificación vehicular, análisis de datos y coordinación operativa destinadas a la coordinación y supervisión...

### ¿Para qué sirve artículo 108?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgsnsp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSNSP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
