---
law_key: "LGSNSP"
law_title: "Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública"
article_key: "127"
article_label: "Artículo 127"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-127
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LGSNSP/articulo/127/"
---

# Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública - Artículo 127

<!-- mley:article law="LGSNSP" article="127" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO DÉCIMO PRIMERO - DE LAS RESPONSABILIDADES, OBLIGACIONES Y SANCIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
- Capítulo II - Régimen Disciplinario

```text
Artículo 127. El régimen disciplinario es el conjunto de normas, principios y procedimientos que regulan la conducta del personal de las Instituciones de Seguridad Pública, con el propósito de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, la observancia de valores éticos y el respeto a los derechos humanos. Dentro del mismo se establecen las faltas disciplinarias, las sanciones, los correctivos y los mecanismos para su aplicación, asegurando el debido proceso y promoviendo la integridad, la transparencia y la confianza ciudadana en dichas instituciones.
La responsabilidad disciplinaria prevista en el presente capítulo será independiente de las que correspondan por responsabilidad administrativa, civil, patrimonial, laboral o penal en que pudiera incurrir el personal de las Instituciones de Seguridad Pública.
Este régimen disciplinario es aplicable al personal de las Instituciones de Seguridad Pública que son integrantes del servicio profesional de carrera conforme a lo establecido en el Título Quinto de la presente Ley.
Los integrantes de la Guardia Nacional atenderán a las particularidades del régimen disciplinario establecido en su propia legislación y las disposiciones que de esta deriven.
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LGSNSP sobre sanciones y cumplimiento: El régimen disciplinario es el conjunto de normas, principios y procedimientos que regulan la conducta del personal de las Instituciones de Seguridad Pública, con el...

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. El régimen disciplinario es el conjunto de normas, principios y procedimientos que regulan la conducta del personal de las Instituciones de Seguridad Pública, con el propósito de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, la observancia de valores éticos...

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 127 LGSNSP, sanciones y cumplimiento, artículo 127 ley general del sistema nacional de seguridad publica, sanciones, multas, incumplimiento legal, Instituciones de Seguridad Pública

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 127 de LGSNSP.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Instituciones de Seguridad Pública | A las Instituciones Policiales, las Instituciones de Procuración de Justicia, las instituciones penitenciarias y demás órganos, dependencias y entidades encargadas o que realizan tareas de seguridad pública en los tres órdenes de gobierno | 4 |

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 127 de LGSNSP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. El régimen disciplinario es el conjunto de normas, principios y procedimientos que regulan la conducta del personal de las Instituciones de Seguridad Pública, con el propósito de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, la observancia de valores éticos...

### ¿Para qué sirve artículo 127?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgsnsp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSNSP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
