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# Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública - Artículo 168

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO OCTAVO - DE LOS PROCEDIMIENTOS DE IMPUGNACIÓN
- Capítulo II - Del Recurso de Inconformidad

```text
Artículo 168. La Autoridad garante federal resolverá el recurso de inconformidad en un plazo que no podrá exceder de treinta días, plazo que podrá ampliarse por una sola vez y hasta por un periodo igual.
Interpuesto el recurso de inconformidad por falta de resolución, en términos del segundo párrafo del artículo 163 de esta Ley, la Autoridad garante federal dará vista, en el término de tres días siguientes, contados a partir del día en que fue recibido el recurso, a la Autoridad garante local, para que alegue lo que a su derecho convenga en un plazo de cinco días.
Recibida la contestación, la Autoridad garante federal debe emitir su resolución en un plazo no mayor a quince días. En caso de no recibir la contestación por parte de la Autoridad garante local o que esta no pruebe fehacientemente que dictó resolución o no exponga de manera fundada y motivada, a criterio de la Autoridad garante federal, que se trata de información reservada o confidencial, esta resolverá a favor de la persona solicitante.
```

## Resumen corto

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Regla de LGTAIP sobre regla aplicable: La Autoridad garante federal resolverá el recurso de inconformidad en un plazo que no podrá exceder de treinta días, plazo que podrá ampliarse por una sola vez y hasta...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Autoridad garante federal resolverá el recurso de inconformidad en un plazo que no podrá exceder de treinta días, plazo que podrá ampliarse por una sola vez y hasta por un periodo igual.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 168 LGTAIP, regla aplicable, artículo 168 ley general de transparencia y acceso a la informacion publica, Autoridad garante federal, Autoridad garante local

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 168 de LGTAIP.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Plazo
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Autoridad garante federal | Transparencia para el Pueblo, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno | 3 |
| Autoridad garante local | Órganos encargados de la contraloría u homólogos en el poder ejecutivo de las entidades federativas, quienes conocerán también de los asuntos en materia de transparencia de sus municipios o demarcaciones territoriales de Ciudad de México, conforme a lo que establezcan sus respectivas leyes | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 163

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 168 de LGTAIP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Autoridad garante federal resolverá el recurso de inconformidad en un plazo que no podrá exceder de treinta días, plazo que podrá ampliarse por una sola vez y hasta por un periodo igual.

### ¿Para qué sirve artículo 168?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgtaip.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGTAIP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGTAIP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
