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law_title: "Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública"
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# Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública - Artículo 198

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - MEDIDAS DE APREMIO Y SANCIONES
- Capítulo I - De las Medidas de Apremio

```text
Artículo 198. En caso de reincidencia, las Autoridades garantes podrán imponer una multa equivalente hasta el doble de la que se hubiera determinado por las mismas.
Se considerará reincidente al que habiendo incurrido en una infracción que haya sido sancionada, cometa otra del mismo tipo o naturaleza.
En caso de que el incumplimiento de las determinaciones de las Autoridades garantes implique la presunta comisión de un delito o una de las conductas señaladas en el artículo 204 de esta Ley, la Autoridad garante respectiva deberá denunciar los hechos ante la autoridad competente.
Las medidas de apremio de carácter económico no podrán ser cubiertas con recursos públicos.
```

## Resumen corto

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Regla de LGTAIP sobre sanciones y cumplimiento: En caso de reincidencia, las Autoridades garantes podrán imponer una multa equivalente hasta el doble de la que se hubiera determinado por las mismas.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. En caso de reincidencia, las Autoridades garantes podrán imponer una multa equivalente hasta el doble de la que se hubiera determinado por las mismas.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 198 LGTAIP, sanciones y cumplimiento, artículo 198 ley general de transparencia y acceso a la informacion publica, sanciones, multas, incumplimiento legal, Autoridades garantes, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 198 de LGTAIP.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Autoridades garantes | Autoridades garantes federal y local; el órgano de control y disciplina del Poder Judicial; los órganos internos de control o equivalentes de los órganos constitucionales autónomos, las contralorías internas del Congreso de la Unión; el Instituto Nacional Electoral, por cuanto hace al acceso a la información pública de los partidos políticos; el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, estos dos últimos por cuanto hace al acceso a la información pública de los sindicatos y los órganos encargados de la contraloría interna u homólogos de los poderes legislativo y judicial, así como los órganos constitucionales autónomos, de las entidades federativas | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 204

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 198 de LGTAIP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. En caso de reincidencia, las Autoridades garantes podrán imponer una multa equivalente hasta el doble de la que se hubiera determinado por las mismas.

### ¿Para qué sirve artículo 198?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgtaip.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGTAIP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGTAIP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
