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law_title: "Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública"
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# Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública - Artículo 54

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - CULTURA DE TRANSPARENCIA Y APERTURA INSTITUCIONAL
- Capítulo III - De la Apertura Institucional

```text
Artículo 54. Los sujetos obligados, en el ámbito de su competencia, en materia de apertura deben:
I.	Garantizar el ejercicio y cumplimiento de los principios de transparencia con sentido social, la participación ciudadana, la rendición de cuentas, la innovación y el aprovechamiento de la tecnología que privilegie su diseño centrado en el usuario;
II.	Implementar tecnología y datos abiertos incluyendo, en la digitalización de información relativa a servicios públicos, trámites y demás componentes del actuar gubernamental, la publicidad de datos de interés para la población, principalmente de manera automática y sin incremento de la carga administrativa, de conformidad con su disponibilidad presupuestaria, y
III.	Procurar mecanismos que fortalezcan la participación y la colaboración de las personas particulares en asuntos económicos, sociales, culturales y políticos de la Nación.
```

## Resumen corto

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Regla de LGTAIP sobre derechos de usuarios: Los sujetos obligados, en el ámbito de su competencia, en materia de apertura deben:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. Los sujetos obligados, en el ámbito de su competencia, en materia de apertura deben:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Palabras clave

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artículo 54 LGTAIP, derechos de usuarios, artículo 54 ley general de transparencia y acceso a la informacion publica, quejas de usuarios, protección de usuarios, Datos Abiertos, Sujetos obligados, Usuarios

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 54 de LGTAIP.
- Práctica: preparar una queja, aclaración o solicitud ante proveedor o PROFECO.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Usuarios

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Datos Abiertos | Los datos digitales de carácter público que son accesibles en línea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier persona interesada, los cuales tienen las siguientes características: a) Accesibles: Disponibles para la mayor cantidad de personas usuarias posibles, para cualquier propósito; b) Integrales: Contienen el tema que describen a detalle y con metadatos necesarios; c) Gratuitos: No requieren contraprestación alguna para su acceso; d) No discriminatorios: Están disponibles para cualquier persona, sin necesidad de registro; e) Oportunos: Son actualizados periódicamente, conforme se generen; f) Permanentes: Se conservan en el tiempo, para lo cual, las versiones históricas relevantes para uso público se mantendrán disponibles con identificadores adecuados al efecto; g) Primarios: Provienen directamente de la fuente de origen con el mayor nivel de desagregación posible; h) Legibles por máquinas: Deberán estar estructurados, total o parcialmente, para ser procesados e interpretados por equipos electrónicos de manera automática; i) En formatos abiertos: Estarán disponibles con el conjunto de características técnicas y de presentación que corresponden a la estructura lógica usada para almacenar datos en un archivo digital, cuyas especificaciones técnicas están disponibles públicamente, que no suponen una dificultad de acceso y que su aplicación y reproducción no estén condicionadas a contraprestación alguna, y j) De libre uso: Requieren la cita de la fuente de origen como único requisito para su uso | 3 |
| Sujetos obligados | Cualquier autoridad, agencia, comisión, comité, corporación, ente, entidad, institución, órgano, organismo o equivalente de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres niveles de gobierno, órganos constitucionalmente autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los referidos niveles de gobierno | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona usuaria revisa este artículo antes de reclamar un cambio de plan, una falla del servicio, una cancelación o un cargo no reconocido.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede citarlo en una queja, aclaración, solicitud de cumplimiento, conciliación ante PROFECO o escrito dirigido al proveedor.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 54 de LGTAIP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. Los sujetos obligados, en el ámbito de su competencia, en materia de apertura deben:

### ¿Para qué sirve artículo 54?

Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgtaip.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGTAIP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGTAIP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
