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law_title: "Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública"
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# Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública - Artículo 77

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA
- Capítulo III - De las Obligaciones Específicas

```text
Artículo 77. Las autoridades administrativas y jurisdiccionales en materia laboral deberán poner a disposición del público y mantener actualizada y accesible, la información de los sindicatos siguiente:
I.	Los documentos del registro de los sindicatos, que deberán contener, entre otros:
a)	El domicilio;
b)	Número de registro;
c)	Nombre del sindicato;
d)	Nombre de los integrantes del comité ejecutivo y comisiones que ejerzan funciones de vigilancia;
e)	Fecha de vigencia del comité ejecutivo;
f)	Número de socios;
g)	Centro de trabajo al que pertenezcan, y
h)	Central a la que pertenezcan, en su caso;
II.	Las tomas de nota;
III.	El estatuto;
IV.	Las actas de asamblea;
V.	Los reglamentos interiores de trabajo;
VI.	Los contratos colectivos, incluyendo el tabulador, convenios y las condiciones generales de trabajo, y
VII.	Todos los documentos contenidos en el Expediente de registro sindical y de contratos colectivos de trabajo.
Las autoridades administrativas y jurisdiccionales en materia laboral deberán expedir copias de los documentos que obren en los expedientes de los registros a las personas solicitantes que los requieran, de conformidad con el procedimiento de acceso a la información.
Por lo que se refiere a los documentos que obran en el expediente de registro de las asociaciones, únicamente estará clasificada como información confidencial, los domicilios de los trabajadores señalados en los padrones de socios.
```

## Resumen corto

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Regla de LGTAIP sobre competencia de autoridades: Las autoridades administrativas y jurisdiccionales en materia laboral deberán poner a disposición del público y mantener actualizada y accesible, la información de los...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las autoridades administrativas y jurisdiccionales en materia laboral deberán poner a disposición del público y mantener actualizada y accesible, la información de los sindicatos siguiente:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 77 LGTAIP, competencia de autoridades, artículo 77 ley general de transparencia y acceso a la informacion publica, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LGTAIP, Expediente

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 77 de LGTAIP.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Requisito
- Plazo
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Expediente | Unidad documental física o electrónica compuesta por documentos de archivo, ordenados y relacionados por un mismo asunto, actividad o trámite de los sujetos obligados | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 77 de LGTAIP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las autoridades administrativas y jurisdiccionales en materia laboral deberán poner a disposición del público y mantener actualizada y accesible, la información de los sindicatos siguiente:

### ¿Para qué sirve artículo 77?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgtaip.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGTAIP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGTAIP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
