---
law_key: LGTAIP
title: Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
---

## Resumen de la ley

La Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública desarrolla el derecho humano de acceso a la información previsto en el artículo 6o constitucional. Establece bases, principios, sujetos obligados, obligaciones de transparencia, solicitudes, recursos, clasificación de información, medidas de apremio y sanciones. Su finalidad es que la información pública sea accesible, verificable, oportuna y útil para la rendición de cuentas.

## Qué regula

- El derecho de solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información pública.
- Los sujetos obligados de los tres niveles de gobierno y personas que ejerzan recursos públicos o actos de autoridad.
- La Plataforma Nacional de Transparencia y los procedimientos de solicitud.
- Las obligaciones comunes y específicas de transparencia.
- La clasificación de información reservada o confidencial y la prueba de daño.
- Recursos, inconformidades, denuncias por incumplimiento, medidas de apremio y sanciones.

## A quién aplica

- Cualquier persona que solicite información pública sin necesidad de acreditar interés.
- Autoridades, órganos, organismos, entidades, instituciones, partidos, sindicatos, fideicomisos y fondos públicos.
- Personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad.
- Comités y Unidades de Transparencia de los sujetos obligados.
- Autoridades garantes federal y locales, así como instancias internas competentes.

## Materias principales

- Derecho de acceso a la información pública.
- Máxima publicidad y documentación de actuaciones públicas.
- Sujetos obligados, Comités y Unidades de Transparencia.
- Obligaciones de transparencia y datos abiertos.
- Solicitudes, respuestas, recursos de revisión e inconformidad.
- Información reservada, confidencial, versiones públicas y sanciones.

## Definiciones importantes

| Concepto | Explicación sencilla |
| --- | --- |
| Sujeto obligado | Ente público o persona que debe transparentar información por ejercer recursos públicos o actos de autoridad. |
| Autoridad garante federal | Transparencia para el Pueblo, órgano desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. |
| Autoridad garante local | Órgano local competente para revisar y resolver asuntos de transparencia en su ámbito. |
| Comité de Transparencia | Instancia interna que confirma, modifica o revoca decisiones sobre clasificación, inexistencia, incompetencia y ampliaciones. |
| Unidad de Transparencia | Área que recibe, gestiona y da seguimiento a solicitudes de acceso a información. |
| Plataforma Nacional | Sistema electrónico para solicitudes, seguimiento, obligaciones de transparencia y recursos. |
| Datos abiertos | Datos digitales públicos, accesibles, gratuitos, reutilizables, legibles por máquina y de libre uso. |
| Versión pública | Documento en el que se permite acceso después de eliminar o testar información clasificada. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos clave | Contenido |
| --- | --- | --- |
| Derecho de acceso | Artículos 1 a 18 | Principios, gratuidad, máxima publicidad, no discriminación y alcance del derecho. |
| Sujetos obligados | Artículos 19 a 22 | Obligaciones institucionales, unidades, capacitación y publicación de información. |
| Sistema Nacional | Artículos 23 a 38 | Coordinación nacional, Consejo Nacional y criterios generales. |
| Comités y unidades | Artículos 39 a 44 | Integración, funciones y atención de solicitudes. |
| Obligaciones de transparencia | Artículos 45 a 82 | Información común, específica y verificaciones. |
| Denuncias | Artículos 83 a 101 | Procedimiento por incumplimiento de obligaciones de transparencia. |
| Clasificación | Artículos 102 a 124 | Reserva, confidencialidad, prueba de daño e índices. |
| Solicitudes y recursos | Artículos 125 a 192 | Plazos, respuesta, revisión, inconformidad y cumplimiento. |
| Medidas y sanciones | Artículos 193 a 215 | Apremios, multas, reincidencia y responsabilidades. |

## Plazos importantes

- Las obligaciones de transparencia deben actualizarse por lo menos cada tres meses, salvo plazo diverso.
- La Unidad de Transparencia puede prevenir a la persona solicitante dentro de cinco días y esta tiene hasta diez días para aclarar.
- La respuesta a una solicitud debe notificarse en un máximo de veinte días, prorrogables hasta por diez días más con justificación.
- La información solicitada debe quedar disponible al menos sesenta días después del pago, si existe costo de reproducción.
- El recurso de revisión se interpone dentro de quince días posteriores a la respuesta o al vencimiento del plazo para responder.
- La información reservada puede permanecer así hasta cinco años, con posibilidad de ampliación justificada por hasta cinco años adicionales.

## Derechos principales

- Solicitar información sin acreditar interés jurídico ni justificar el uso que se dará a la información.
- Recibir respuestas claras, accesibles, completas, oportunas y congruentes.
- Obtener ajustes razonables y formatos accesibles para personas con discapacidad.
- Impugnar respuestas, negativas, inexistencias, clasificaciones o falta de respuesta.
- Denunciar incumplimientos de obligaciones de transparencia.
- Acceder a información sobre violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad sin que sea reservada.

## Obligaciones principales

- Constituir Comités y Unidades de Transparencia y capacitar a su personal.
- Documentar facultades, competencias, funciones y actos públicos.
- Publicar obligaciones de transparencia en formatos accesibles y actualizados.
- Responder solicitudes dentro de los plazos legales y orientar cuando exista incompetencia.
- Fundar y motivar cualquier reserva, confidencialidad, inexistencia o versión pública.
- Cumplir resoluciones y requerimientos de las autoridades garantes.

## Autoridades relacionadas

- Transparencia para el Pueblo como autoridad garante federal.
- Autoridades garantes locales y órganos internos competentes en entidades federativas.
- Consejo Nacional del Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública.
- Comités de Transparencia y Unidades de Transparencia de cada sujeto obligado.
- Instituto Nacional Electoral y organismos electorales locales cuando se trate de partidos políticos.
- Servicio de Administración Tributaria o secretarías de finanzas para hacer efectivas multas.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Presentación y seguimiento de solicitudes en la Plataforma Nacional.
- Prevención para aclarar solicitudes, respuesta, entrega, consulta directa y reproducción.
- Clasificación de información, elaboración de versiones públicas y prueba de daño.
- Recurso de revisión e inconformidad contra respuestas o falta de respuesta.
- Denuncia por incumplimiento de obligaciones de transparencia.
- Procedimiento sancionador contra sujetos obligados o personas infractoras.

## Sanciones o consecuencias

- Las autoridades garantes pueden imponer amonestaciones públicas y multas.
- La reincidencia puede generar multa hasta por el doble.
- El incumplimiento de determinaciones puede difundirse en la Plataforma Nacional y portales de transparencia.
- Las multas no pueden cubrirse con recursos públicos.
- Si hay presunta responsabilidad administrativa o delito, la autoridad garante debe dar vista o denunciar ante la autoridad competente.
- Las infracciones y sanciones son independientes de responsabilidades civiles, penales o administrativas.

## Artículos clave

- Artículo 1: fija el objeto constitucional de la ley.
- Artículo 2: enumera principios, bases, procedimientos, obligaciones y mecanismos de cumplimiento.
- Artículo 3: contiene definiciones esenciales.
- Artículo 4: define el alcance del derecho humano de acceso a la información.
- Artículo 20: establece obligaciones generales de los sujetos obligados.
- Artículo 58: regula actualización periódica de obligaciones de transparencia.
- Artículos 125 a 138: ordenan el trámite de solicitudes.
- Artículos 144 y siguientes: regulan recursos de revisión.
- Artículos 193 a 215: establecen medidas de apremio, sanciones y responsabilidades.

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/): base del derecho de acceso a la información.
- [Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados](/LGPDPPSO/): protección de datos personales en entes públicos.
- [Ley General De Responsabilidades Administrativas](/LGRA/): responsabilidades por incumplimientos de personas servidoras públicas.
- [Ley Orgánica De La Administración Pública Federal](/LOAPF/): organización administrativa federal relacionada con autoridades competentes.
- [Ley Federal De Procedimiento Administrativo](/LFPA/): supletoriedad para notificaciones y ejecución de medidas.

## Reformas y vigencia

El texto fuente corresponde a una nueva ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025. Sustituye el diseño anterior en materia de transparencia y reorganiza las autoridades garantes, el Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública, los procedimientos y el régimen de medidas de apremio y sanciones.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿Quién puede pedir información pública?

Cualquier persona puede solicitar información pública sin explicar para qué la usará y sin demostrar interés jurídico.

### ¿Cuánto tarda una respuesta de acceso a información?

La regla general es un máximo de veinte días hábiles desde el día siguiente a la solicitud, con posible ampliación de hasta diez días más si se justifica.

### ¿Qué pasa si la información contiene datos personales?

El sujeto obligado debe proteger la información confidencial y, cuando proceda, entregar una versión pública que oculte los datos protegidos.

### ¿Qué puedo hacer si no me responden o niegan información?

Puede interponerse recurso de revisión ante la autoridad garante competente dentro del plazo legal.

### ¿Dónde se consulta el texto oficial?

La Cámara de Diputados publica la ficha, el Word oficial, el PDF oficial y el PDF móvil de esta ley.

## Fuente oficial

- Ficha oficial: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgtaip.htm)
- Word oficial: [LGTAIP.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGTAIP.doc)
- PDF oficial: [LGTAIP.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGTAIP.pdf)
- PDF móvil: [Ley_General_de_Transparencia_y_Acceso_a_la_Informacion_Publica.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_General_de_Transparencia_y_Acceso_a_la_Informacion_Publica.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal profesional ni la consulta directa del texto vigente publicado por la autoridad competente.
