# Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito - Artículo 228 k

Clave: LGTOC
Artículo: 228-k
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 228 k
.- Tratándose de certificados de participación no amortizables, la sociedad emisora no está obligada a hacer pago del valor nominal de ellos a sus tenedores en ningún tiempo. Al extinguirse el fideicomiso base de la emisión y de acuerdo con las resoluciones de la asamblea general de tenedores de certificados, la sociedad emisora procederá a hacer la adjudicación y venta de los bienes fideicometidos y la distribución del producto neto de la misma, en los términos del artículo
228
a.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito, artículo 228-k.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
