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law_title: "Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito"
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# Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito - Artículo 231

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO PRIMERO - De los Títulos de Crédito
- CAPITULO VI - Del certificado de depósito y del bono de prenda

```text
Artículo 231.- El certificado de depósito deberá contener al menos la siguiente información:
Párrafo reformado DOF 26-03-2024

I.- 	La mención de ser “certificado de depósito” y “bono de prenda,” respectivamente;
Fe de erratas a la fracción DOF 10-02-1933

II.- 	La designación y la firma electrónica avanzada del representante legal del Almacén General de Depósito que lo emite. No se permitirá el uso de firmas digitales;
Fe de erratas a la fracción DOF 08-09-1932. Reformada DOF 26-03-2024

III.- 	El lugar del depósito;

IV.- 	La fecha de expedición del título;

V.- 	El número de orden;
Fracción reformada DOF 26-03-2024

VI.- 	La mención de haber sido constituido el depósito con designación individual o genérica de las mercancías o efectos respectivos;

VII.- 	La especificación de las mercancías o bienes depositados, con mención de su naturaleza, calidad y cantidad y de las demás circunstancias que sirvan para su identificación;

VIII.- 	El plazo señalado para el depósito;

IX.- 	El nombre, la Clave Única del Registro de Población, o el Registro Federal de Contribuyentes del depositante cuando se trate de persona física. En caso que el depositante sea persona moral su denominación o razón social, Registro Federal de Contribuyentes y nombre, Clave Única del Registro de Población, o el Registro Federal de Contribuyentes del representante legal;
Fracción reformada DOF 30-12-1982, 26-03-2024

X.- 	La mención de estar o no sujetos los bienes o mercancías materia del depósito al pago de derechos, impuestos o responsabilidades fiscales, y cuando para la constitución del depósito sea requisito previo el formar la liquidación de tales derechos, nota de esa liquidación;

XI.- 	La mención de estar o no asegurados los bienes o mercancías depositados y del importe del seguro, en su caso;

XII.- 	La mención de los adeudos o de las tarifas en favor del Almacén o, en su caso, la mención de no existir tales adeudos.

XIII.-	La mención de que las mercancías se encuentran depositadas en bodegas propias, habilitadas, arrendadas o recibidas en comodato o que la mercancía se encuentra en tránsito al almacén;
Fracción adicionada DOF 26-03-2024

XIV.- 	La mención de que el certificado de depósito es Negociable o No Negociable;
Fracción adicionada DOF 26-03-2024

XV.- 	El nombre, la Clave Única del Registro de Población o Registro Federal de Contribuyentes del beneficiario cuando se trate de persona física. En caso que el beneficiario sea persona moral su denominación o razón social, Registro Federal de Contribuyentes, así como el nombre, Clave Única del Registro de Población y Registro Federal de Contribuyentes del representante legal, y
Fracción adicionada DOF 26-03-2024

XVI.- 	La declaración del depositante respecto a si la mercancía o bienes descritos en el certificado de depósito garantizan alguna otra obligación previamente pactada.
Fracción adicionada DOF 26-03-2024
```

## Resumen corto

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Regla de LGTOC sobre regla aplicable: El certificado de depósito deberá contener al menos la siguiente información:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. El certificado de depósito deberá contener al menos la siguiente información:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 231 LGTOC, regla aplicable, artículo 231 ley general de titulos y operaciones de credito, En su caso

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 231 de LGTOC.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Requisito
- Plazo
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| En su caso | los lugares en que deberán encontrarse los bienes fideicomitidos; II. Las contraprestaciones mínimas que deberá recibir el fiduciario por la venta o transferencia de los bienes muebles fideicomitidos | 399 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 231 de LGTOC?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. El certificado de depósito deberá contener al menos la siguiente información:

### ¿Para qué sirve artículo 231?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgtoc.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGTOC.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGTOC.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
