# Ley General De Víctimas - Artículo 159

Clave: LGV
Artículo: 159
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 159
. Todo procedimiento de ingreso, selección, permanencia, estímulo, promoción y reconocimiento de servidores públicos que, por su competencia, tengan trato directo o brinden su servicio a víctimas en cumplimento de medidas de asistencia, ayuda, apoyo, reparación integral o cualquier mecanismo de acceso a la justicia, deberá incluir dentro de los criterios de valoración, un rubro relativo a derechos humanos.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Víctimas, artículo 159.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
