# Ley General De Víctimas - Artículo 89

Clave: LGV
Artículo: 89
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 89
. La Comisión Ejecutiva podrá celebrar convenios de coordinación, colaboración y concertación con las entidades e instituciones federales así como con las entidades e instituciones homologas de las entidades federativas, incluidos los organismos autónomos de protección de los derechos humanos que sean necesarios para el cumplimiento de los fines del Sistema.
Artículo reformado DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Víctimas, artículo 89.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
