# Ley General De Víctimas - Artículo décimo tercero

Clave: LGV
Artículo: décimo tercero
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
décimo tercero.
.- Las funciones de la defensoría en materia de víctimas que le han sido asignadas a los Defensores Públicos Federales por la
Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, serán asumidas por la Asesoría Jurídica Federal a partir de la entrada en vigor de la
presente Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Víctimas, artículo décimo tercero.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
