# Ley General De Víctimas - Artículo primero

Clave: LGV
Artículo: primero
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
primero.
.- La
presente Ley
entrará en vigor 30 días después de su publicación en el
.
SEGUNDO .- Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan a la
presente Ley
.
TERCERO .- El Reglamento de la
presente Ley
deberá expedirse dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que la Ley entre en vigor.
CUARTO .- El Sistema Nacional de Ayuda, Atención y Reparación Integral de Víctimas a que se refiere la
presente Ley
deberá crearse dentro de los noventa días naturales a partir de la entrada en vigor de
esta Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley General De Víctimas, artículo primero.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
